Acompañadas por personas de sus respectivos equipos, han establecido las primeras líneas de trabajo para el impulso de las obligaciones en materia estadística de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Al objeto de hacer efectivas las disposiciones contenidas en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, ambas instituciones han subrayado el deber de los poderes públicos en la elaboración de estudios y estadísticas, que deben realizarse de acuerdo con los estándares internacionales de calidad. Todo ello permitirá mejorar el conocimiento de las causas, dimensión, evolución, naturaleza y efectos de la discriminación.
En concreto, y por lo que respecta a la AINODI, su presidenta ha recordado que, de conformidad con el artículo 40 de la citada ley, esta institución tiene encomendada la función de elaborar, en coordinación con los órganos de la Administración General del Estado competentes en materia estadística, informes y estadísticas de carácter periódico, promover estudios, así como diseñar y mantener un barómetro sobre igualdad de trato y no discriminación partiendo de un sistema de indicadores.
Durante la reunión, se ha resaltado la importancia de empezar analizando las operaciones estadísticas oficiales registradas en el Plan Estadístico Nacional (PEN), para identificar los indicadores ya existentes en materia de igualdad de trato y no discriminación, y posteriormente seguir avanzando en el diseño del citado barómetro.

Finalmente, ambas instituciones se han comprometido a colaborar y trabajar conjuntamente, afirmando que esta será la primera de diversas reuniones futuras.