De la Dirección de Atención a Víctimas de Discriminación dependen el Departamento de Atención y Justicia Restaurativa, el Departamento de Asuntos Jurídicos y Recomendaciones y el Departamento de Régimen Sancionador.
Realiza las siguientes funciones:
- Recibe y tramita quejas o reclamaciones tanto de las personas que hayan podido sufrir discriminación como de asociaciones o particulares que consideren que un acto, práctica o norma es discriminatorio.
- Para probar los hechos denunciados, realizará investigaciones y los particulares y las administraciones públicas están obligados a colaborar, proporcionando toda la información necesaria.
- Con el consentimiento expreso de las partes, puede establecerse como órgano de mediación o conciliación entre ellas, buscando una forma alternativa de resolución del conflicto en el que el infractor tome conciencia del error y la víctima se vea resarcida en un procedimiento sencillo, ágil y ajustado al caso concreto.
- Cuando los hechos denunciados resulten probados y sea procedente la imposición de una multa o sanción al infractor por haber vulnerado la legislación en materia de igualdad de trato, impulsará el procedimiento y lo pondrá en conocimiento de la administración competente para que se imponga la sanción correspondiente.
- Si los hechos denunciados resultan ser constitutivos de delito, se coordinará con el Ministerio Fiscal para que sean perseguidos y castigados adecuadamente.
- Vela por el cumplimiento de la normativa reguladora de la igualdad de trato y no discriminación.
- Informa sobre la Estrategia Estatal para la Igualdad de Trato y No Discriminación, así como sobre planes y programas estatales de especial relevancia.